Nuestras ciudades han sufrido cambios importantes en los últimos 100 años. Se ha mejorado no solo su aspecto y diseño sino lo más importante, la movilidad urbana. La necesidad de estar más conectados y en continuo movimiento llevan años empujando la industria a la búsqueda de nuevos y mejorados medios de transporte.
En los últimos años el medio de transporte urbano por excelencia es el patinete eléctrico. Madrid, Barcelona y Valencia han sido catalogadas como las ciudades donde más se utiliza este medio de transporte. Sin embargo, las encuestas a los ciudadanos, sean estos usuarios o no del patinete eléctrico reflejan inseguridad y/o miedo por el uso de este tipo de vehículo. Actualmente no existe una legislación de patinetes eléctricos estatal, lo cual dificulta aún más la información que deben tener los usuarios para no incumplir las normas.
Los VMP se clasifican en diferetnes tipos según la DGT. Los patinetes eléctricos podrían ser del TIPO A (Velocidad max. 20km/h) y TIPO B (Velocidad max. 30km/h).
Lo último que sabemos es que el gobierno ya tiene preparado un Real Decreto sobre Vehículos de Movilidad Personal (VMP) donde entre otras cosas se detalla lo siguiente:
-Velocidad máxima: Entre 6-25 km/h
- Seguro: Al no considerarse vehículos a motor no haría falta la contratación de un seguro (si son propiedad de un particular, a las empresas de alquiler puede que el ayuntamiento les pida el seguro)
OJO: En todo caso, si no tienes aseguradora, en el caso de que provoques un accidente deberás hacerte responsable económicamente de todos los perjuicios ocasionados.
- Matricula: Esto no es obligatorio como en los vehículos a motor
- Interurbano - Está prohibido que circulen por vías interurbanas
- Permiso de circulación: No, a cambio se les podría exigir certificado de circulación.
AQUI podrian leer un articulo completo con los detalles de la ley presentada.
Abajo os dejamos un resumen de las normativas en vigor (hasta que la ley nacional sea aprobada) en las 3 ciudades con más uso del patinete eléctrico a falta de la aprobacion de las layes recien presentadas por la DGT
VALENCIA:
Edad mínima:16 años. (<16 solo acompañados por un adulto en zonas sin trafico)
Zona de circulación: Está prohibido circular por las aceras excepto el tipo A. Estos podrían circular por calles peatones a 10 km/h a un mínimo 1 metro de distancia de los peatones. Si circulan por carril bici en la acera, podrán llegar a los 15 km/h, y a los 20 km/h si el carril bici discurre por la calzada.
Tipo B, permitido por calzada por ciclo calles, vías de sentido único y por la calzada de calles de zonas 30 a velocidad máxima de 30 km/h.
· Otras normas: Es obligatorio el uso del casco para los tipo B
MADRID:
Edad mínima: 15 años.(<15 solo acompañados por un adulto en zonas sin trafico)
· Zona de circulación: Está permitido circular por ciclo calles, carriles bici, pistas bici, calzada de calles integradas en zonas 30, calles en las que la velocidad máxima sea 30 kilómetros por hora.
· Otras normas: Está prohibido el uso de auriculares asi como su utilización bajo el efecto de alcohol y estupfacientes. Los patinetes de alquiler deben tener seguro y utilizarse con casco
BARCELONA
Edad mínima:16 años. (<16 solo acompañados por un adulto en zonas sin trafico)
· Zona de circulación: Está prohibido circular en la acera o calles peatonales y sí se permite en carril bici en acera y en zona 30 y siempre dando prioridad al peaton.
· Otras normas: El aparcamiento se permite en zonas habilitadas
Las sanciones en Barcelona rondan entre los 100€ hasta los 500€ según sea la infracción.
· Leve: 100 €uros.
· Grave: 200 €uros.
· Muy grave: 500 €uros.
Puedes consultar la normativa completa para la ciudad de Barcelona AQUÍ.
Estaremos atentos a la aprobación de la ley para aportar más información.
AQUI podeis consultar nuetras ofertas en patinetes electricos.
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